
El impacto del precio negativo y cero en la retribución de las plantas RECORE
Hace ahora justo un año se registró la primera hora con precios negativos en el mercado eléctrico español. Desde entonces, las horas con precios negativos y precios cero han dejado de ser una rareza para convertirse en una realidad mucho más frecuente que en años anteriores.
Lo que en un primer momento puede interpretarse como una buena noticia desde el punto de vista del consumidor de energía, tiene efectos importantes y, en algunos casos, perjudiciales para una parte del tejido de generación renovable en España. Una de las más relevantes está empezando a materializarse: el impacto en la retribución de las plantas acogidas al régimen RECORE.
Conviene puntualizar que RECORE es una forma de referirse al Régimen Económico para instalaciones de producción de electricidad a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración de alta eficiencia y residuos. Se trata de instalaciones que venden la producción de energía a precios de mercado y que, además, perciben una retribución por la inversión realizada, una prima heredada del Real Decreto 413/2014, que fijaba el concepto de “rentabilidad razonable”.
La liquidación 12/2024 del sector eléctrico, realizada a principios de 2025, ha sido la primera en aplicar, aunque de manera parcial, la cláusula 21.2 del Real Decreto 413/2014, que hasta ahora no se había aplicado. Dicha cláusula establece que no se considerarán horas de funcionamiento equivalentes aquellas que se produzcan dentro de periodos de seis horas consecutivas con precios de mercado iguales o inferiores a cero. Es decir, la planta no recibirá prima por las horas que haya generado energía en esas condiciones de mercado. Esta condición proviene de una directiva europea que prohíbe primar la producción renovable durante horas con precio negativo, sin embargo, no prohíbe primar la producción en horas de precio cero y se esperaba que la normativa española se actualizara.
Durante todo 2024, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) abonó las primas a los productores sin tener en cuenta esta cláusula y el pasado mes de diciembre recalculó las primas que realmente les correspondían. Por eso muchos productores han tenido que devolver una parte considerable de las primas recibidas a lo largo del año. Está devolución extraordinaria en 2024 no responde a ningún cambio regulatorio, sino al propio comportamiento del mercado y a la mayor frecuencia de horas de precio cero.
Para intentar escalonar las devoluciones de la retribución RECORE, la CNMC decidió aplicar en la liquidación 12/2024 un criterio menos restrictivo, computando únicamente como "no aptas" las horas negativas y excluyendo del recálculo las horas de precio cero. Esta decisión supuso una reliquidación negativa de 188 millones de euros.
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) lanzó una consulta en la que proponía excluir las horas a precio cero de la aplicación de la cláusula 21.2 del Real Decreto 413/2014. Sin embargo, esta modificación no se ha publicado por ahora en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Por ese motivo, en la liquidación 13, la CNMC ha seguido aplicando el criterio vigente en la normativa actual, que excluye del cálculo de las primas todas las horas con precios cero o negativos, lo que ha provocado un gran aumento de las horas no retribuidas: de las 188 horas consideradas en la liquidación 12/2024 se ha pasado a 646 horas en la liquidación 13. Por tanto, el impacto ha sido aún más profundo, afectando a muchas más plantas y generando una nueva oleada de reclamaciones. Este 2025 ya se está aplicando este criterio trimestralmente, para evitar que se acumulen las devoluciones de primas a final de año.
Desde el sector se está insistiendo en la necesidad urgente de publicar en el BOE la propuesta del Ministerio que actualizaba el criterio de cálculo para que solo se restasen las horas de funcionamiento con precio negativo y no las horas con precio cero. No tiene sentido que sigamos con un criterio más restrictivo que el europeo. Además, se está demandando que este cambio sea con efecto retroactivo y que se devuelvan las primas de 2024 lo antes posible.
Muchas voces del sector van un paso más allá y piden que la cuantía de las primas y las horas mínimas de funcionamiento se recalculen anualmente en función del número de horas de precio negativo de cada año. Según indican, de no producirse este recalculo se estaría poniendo en riesgo la rentabilidad razonable prometida en el Real Decreto 413/2014 y se podría volver a abrir un periodo de inseguridad jurídica y conflictos judiciales.
En este contexto, desde Feníe Energía queremos poner de relieve la complejidad y el alcance de este problema, que puede poner en riesgo la sostenibilidad económica de muchas instalaciones. Como comercializadora independiente, fuertemente vinculada al ámbito de la generación, conocemos de primera mano las dificultades a las que se enfrentan nuestros representados. Estamos comprometidos con la defensa de sus intereses y consideramos fundamental una revisión urgente y coherente de la normativa para adaptarla a la nueva realidad del mercado eléctrico, evitando perjudicar precisamente a quienes hacen posible la tan necesaria transición energética.
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